La vivienda se ha posicionado como uno de los principales problemas en España. La poca oferta, los precios, los sueldos, el alquiler turístico y la falta de estabilidad laboral, entre otros factores, son argumentos habituales que salen a la luz cuando se habla de esta crisis. Este jueves, durante una jornada inmobiliaria organizada por El Economista, en Madrid, los promotores han dibujado un escenario poco esperanzador.
Una de las opiniones más llamativas ha sido la del consejero delegado de Grupo Gestilar, Raúl Guerrero Juanes. El directivo, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha augurado que será difícil ver que los precios de la vivienda experimenten cambios sustanciales en el futuro. Guerrero ha llegado a pronosticar "hipotecas a 70 años heredables para los hijos".
Más precio y menos compradores en diez años
Los promotores inmobiliarios han augurado que los precios de los pisos seguirán escalando hasta que llegue un punto en el que no habrá compradores. La situación podría estallar en unos diez años, cuando todavía exista demanda para satisfacer al mercado, tal como ha analizado el presidente de la promotora Grupo Ferrocarril, Rafael González-Cobos. De todos modos, en unos tres o cuatro años, según sus previsiones, el mercado inmobiliario podría sufrir un colapso en zonas como Madrid.
Los impagos en una hipoteca
En caso de fallecimiento del titular de la hipoteca, tal como explica el Banco de España citando al artículo 661 del Código Civil, los herederos del difunto adquieren sus derechos y obligaciones. Es decir, a no ser que exista algún seguro de vida ligado a la hipoteca, los hijos pagarían la deuda correspondiente a la entidad bancaria. Siempre, claro, que no renuncien a toda la herencia.
Por otra parte, si el titular de la hipoteca no ha fallecido, pero no puede pagar el préstamo, la entidad bancaria puede, informa el Banco de España en su web, "intentar cobrarla con todos los bienes de las personas que intervienen en la hipoteca, tanto prestatarios como avalistas". Si los hijos no figuran como alguno de estos elementos en el contrato, no deberían asumir ningún pago.
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